Compensa tus pérdidas antes del 31 de diciembre

Una pérdida que no has realizado no cuenta en tu declaración. Realizada a tiempo, reduce lo que pagas por tus ganancias. QCapital calcula con tu cartera cuánto podrías compensar este año.

Primero, contra tus ganancias del año
Las pérdidas que realizas se restan de las plusvalías que hayas obtenido ese mismo año vendiendo acciones, fondos, ETF o cripto.
Después, contra el 25 % de dividendos e intereses
Si las pérdidas superan a las ganancias, lo que sobra puede reducir hasta un 25 % del saldo positivo de tus rendimientos del capital mobiliario: dividendos, intereses de cuentas y similares.
Lo que quede, durante 4 años
La pérdida que no puedas compensar este año no se pierde: la puedes aplicar en las declaraciones de los cuatro años siguientes, con el mismo orden.
La regla de los 2 meses
Si recompras el mismo valor cotizado en los dos meses anteriores o posteriores a la venta, todavía no puedes aplicar esa pérdida: se aplica cuando vendas los títulos recomprados. En valores no cotizados el plazo es de un año.
FIFO: se venden primero los más antiguos
Si compraste el mismo valor en varias veces, Hacienda considera que vendes primero los títulos más antiguos, y la pérdida que realizas sale de esos, no de la compra más reciente.
Un traspaso entre fondos no realiza nada
Mover dinero de un fondo de inversión a otro mediante traspaso no genera ganancia ni pérdida: el resultado se difiere. Para realizar la pérdida hace falta un reembolso. Esto no se aplica a los ETF.
No lo dejes para el último día
La venta tiene que ejecutarse dentro del año. Cuenta la fecha en que se ejecuta la orden, no la de liquidación, que llega un par de días hábiles después. En las últimas semanas de diciembre hay menos sesiones y algunas con horario reducido.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo realizar pérdidas que cuenten para este año?
La venta tiene que ejecutarse dentro del año natural, como tarde en la última sesión del año. Cuenta la fecha de ejecución de la orden, no la de liquidación. Conviene dejar margen: las últimas sesiones del año son menos y algunas tienen horario reducido.
Si vendo con pérdidas y vuelvo a comprar, ¿puedo compensar la pérdida?
Depende de cuándo recompres. Si compras el mismo valor cotizado en los dos meses anteriores o posteriores a la venta, la pérdida no se puede aplicar todavía: se aplicará cuando vendas los títulos recomprados. En valores no cotizados el plazo es de un año.
¿Qué pasa si mis pérdidas son mayores que mis ganancias?
Lo que sobra puede compensar hasta el 25 % del saldo positivo de tus dividendos e intereses del año. Si aún queda pérdida, se puede aplicar en los cuatro años siguientes.
¿Funciona igual con fondos de inversión?
Si reembolsas el fondo, sí: realizas la ganancia o la pérdida. Si lo traspasas a otro fondo, no realizas nada, porque el resultado se difiere hasta que reembolses. Los ETF no tienen esa ventaja: venderlos siempre realiza el resultado.
¿QCapital me dice qué tengo que vender?
No. QCapital calcula con tu historial de compras qué posiciones tienen pérdida latente y cuánto podría reducir tu IRPF realizarla, para que tengas el dato. La decisión es tuya, y conviene contrastarla con un asesor fiscal.